La Secretaría de Comercio sancionó a la Sociedad Argentina de Autores y Compositores de Música (SADAIC) al pago de una multa de $ 42 millones tras determinar que durante años el organismo les cobró aranceles excesivos a hoteles y otros comercios que ofrecen alojamiento por la «reproducción secundaria» de música y contenidos en las pantallas de TV instaladas en las habitaciones y comedores de estos establecimientos.
Es que tanto hoteles e incluso bares y restaurantes tienen que pagarles los derechos de propiedad intelectual a autores, compositores, intérpretes, productores, directores de cine, actores y bailarines, ante la posibilidad de que sus obras se escuchen o exhiban a través de una pantalla instalada en las habitaciones o en el propio local. Los empresarios se quejan de que los cánones son excesivos y argumentan que los cuartos de hotel son ámbitos privados.
Según surge del texto de la Resolución 371 emitida por la Secretaría a instancias de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC), en Argentina los hoteles pagan entre seis y nueve veces más que en los países de referencia (Chile, Paraguay, México, Colombia, Venezuela), por lo que «la medida implica una mejora en la competitividad del sector turístico y posibilita la reducción de los aranceles que SADAIC cobra a la reproducción de obras musicales en los dispositivos de TV y radio instalados en habitaciones y áreas comunes de los hoteles».
Junto con este acto administrativo, la Secretaría de Comercio recomendó al Poder Ejecutivo regular un nuevo régimen de aranceles a exigir a los hoteles, en base a los criterios de razonabilidad, no discriminación, transparencia, equidad y alcance acotado. De acuerdo con lo que pudo averiguar Clarín, el presidente Mauricio Macri tendría a la firma un decreto para poner fin a este impuesto.
Para Camilo Suárez, presidente de la Asociación de Hoteles, Restaurantes, Confiterías y Cafés de la ciudad, «este es un fallo ejemplar y justo, que reconoce que SADAIC ha cometido un abuso al cobrar por televisores instalados en habitaciones, un ámbito estrictamente privado, generando un claro perjuicio a hoteles y establecimientos gastronómicos. Además, abre la puerta para que el Gobierno ordene la situación hacia adelante. Estamos esperando ansiosamente una medida en ese sentido».
La ley 17.648 creó a Sadaic como única entidad autorizada para percibir y distribuir los derechos generados en el uso de obras musicales. Su decreto reglamentario data de 1969 y no ha sido actualizado.
Fuente : Clarin